Las siguientes comunas corresponden a la jurisdicción del Archivero Judicial de Santiago. Si una escritura pública se extendió en una notaría ubicada en alguna de estas comunas, será custodiada en el Archivo Judicial de Santiago:
| Cerrillos | Lampa | Pudahuel |
| Cerro Navia | Las Condes | Quilicura |
| Colina | Lo Barnechea | Quinta Normal |
| Conchali | Lo Prado | Recoleta |
| Estación Central | Macul | Renca |
| Huechuraba | Maipú | Santiago |
| Independencia | Ñuñoa | Til Til |
| La Florida | Peñalolen | Vitacura |
| La Reina | Providencia |
Sí, el Archivo Judicial de Santiago está abierto al público. Los libros en esta oficina son públicos, por lo que cualquier persona puede consultarlos y tomar apuntes. Sin embargo, a veces estos libros pueden no estar disponibles temporalmente porque se están usando para hacer copias. Por eso, las consultas deben ser breves para que los libros puedan volver a su lugar y estar disponibles para otras personas.
Nuestras oficinas están ubicadas en Almirante Latorre 380, comuna de Santiago. Hay estacionamiento con parquímetro disponible en Almirante Latorre, justo frente al Archivo.
Estamos cerca de dos estaciones de Metro:
Línea 1 | Estación República:
Línea 2 | Estación Toesca:
Otras Opciones de Transporte:
Puedes solicitar una copia de una escritura pública de las siguientes maneras:
En línea: Realiza tu solicitud a través de nuestra página web en el siguiente enlace.
Presencialmente: Si necesitas más asistencia o no puedes realizar el trámite en línea, dirígete a nuestras oficinas en Almirante Latorre 380, comuna de Santiago Centro. Nuestro horario de atención es de lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas.
Datos necesarios para solicitar una escritura pública
Para solicitar una escritura pública o una copia de una escritura pública (de una propiedad, una sociedad, un mandato, un reglamento de copropiedad, etc.), necesitas los siguientes datos:
Notaría: Nombre de la notaría en la que fue otorgada la escritura.
Fecha de otorgamiento: Día, mes y año en que se firmó la escritura.
Partes o contratantes: Nombres de las personas o entidades involucradas.
Idealmente, también sería útil contar con el Número de Repertorio. Si no dispones de estos datos, será imposible localizar la escritura. Por ello, te recomendamos acudir al Conservador de Bienes Raíces o Comercio correspondiente para solicitar la Inscripción, documento que contiene la información necesaria para encontrar tu escritura.
Primero, asegúrate de que tu escritura pertenece a la jurisdicción del Archivo Judicial de Santiago. Luego, tienes dos maneras de solicitar una vigencia:
Trámite Presencial: debes contar con una copia original o una copia testimonio fiel a la original. Con esta copia se certificará la vigencia de la escritura.
Si no tienes una copia original o testimonio fiel de su original: debes solicitar una copia de la escritura en el Archivo Judicial de Santiago, y con esta copia se certificará la vigencia de la escritura. El valor de esto depende del número de carillas.
La exactitud de los datos es responsabilidad exclusiva del solicitante.
Antes de solicitar una Nota Marginal, verifica que la escritura a la que se le aplicará la nota pertenezca a la jurisdicción del Archivo Judicial de Santiago.
Este trámite se debe realizar de forma presencial, ya que la escritura que genera la nota marginal también debe ser certificada con el atestado de que la nota fue efectivamente tomada. Debes traer el documento original o copias autorizadas que deseas anotar. En el caso de una sentencia, también debes traer el correspondiente certificado de ejecutoria.
Tipos de Notas Marginales:
Nota con Rectificación: Permite corregir errores en un documento, por ejemplo: número de foja, rol, RUT, etc.
Nota de Modificación: Permite la modificación total o parcial de un documento.
Nota de Medida Precautoria: El documento pierde eficacia mientras dure la medida precautoria.
Nota de Resolución Judicial: La Corte o el Tribunal oficializa el tipo de nota que se debe aplicar al documento.
Nota de Revocación: Permite revocar un poder asignado en un documento.
Costo y Entrega:
Valor: $13.000 por cualquier tipo de nota.
Plazo de entrega: 3 días hábiles.
Horario de retiro: entre las 13:00 y 14:30 horas en el módulo de Entrega de Documentos.
La exactitud de los datos es responsabilidad exclusiva del solicitante.
[Para más información sobre anotaciones marginales, haga clic aquí].
Para ver o desarchivar un expediente, necesitas tener los siguientes datos:
- Tribunal de Origen
- Rol
- Año
- Legajo
Puedes obtener estos datos en el tribunal que originó el expediente.
Ver un Expediente
Costo: $6.000
Proceso: Dirígete a nuestras oficinas con los datos requeridos para solicitar la vista del expediente.
Desarchivar un Expediente
Requisito: Debes traer la resolución del tribunal que concede el desarchivo.
Costo: $6.000
Plazo de entrega: 15 días hábiles (este plazo es referencial y puede variar según la complejidad del expediente).
Obtener una Copia de un Expediente
Costo: Depende de la cantidad de carillas del expediente.
Proceso: Solicita la copia en nuestras oficinas proporcionando los datos requeridos.
La exactitud de los datos es responsabilidad exclusiva del solicitante.
[Para más información sobre expedientes, haga clic aquí].
El Archivo Judicial de Santiago recibió protestos notariales hasta el año 2012. Las letras protestadas se registran ante notario, y los notarios envían sus libros de protestos a los diferentes Archivos Judiciales. Para solicitar un protesto, es importante que sepa en qué notaría quedó registrado y si esta pertenece a la jurisdicción del Archivo Judicial de Santiago.
La información necesaria para encontrar el protesto se encuentra en el Certificado de Antecedentes Comerciales, el cual es entregado por el Boletín Comercial.
Costo: La solicitud de un protesto tiene un valor de $4.000.
Entrega: La entrega se realiza al siguiente día hábil, entre las 13:00 y 14:30 horas. Los documentos deben ser retirados en la sección de Entrega de Documentos.
Desde el 2 de enero de 1982 hasta el 11 de abril de 2004, el Archivo Judicial de Santiago fue responsable de llevar el Registro Nacional de Testamentos. Desde 2004, este registro es administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Para averiguar si una persona ha dejado un testamento, debe solicitar un Certificado de Última Voluntad al Archivo Judicial de Santiago. Para ello, debe presentar un Certificado de Defunción de la persona en cuestión y completar un formulario que le proporcionaremos.
Existen dos tipos de testamentos:
Testamento Abierto: Es de acceso público y se incluye en los Repertorios Públicos. Puede solicitar una copia de este testamento en el Archivo Judicial de Santiago.
Testamento Cerrado: No es de acceso público. El registro de este testamento está en poder del notario que lo autorizó y del albacea, si se ha designado uno.
Costo: El valor del Certificado de Última Voluntad es de $5.000.
Entrega: La entrega se realiza en dos días hábiles, entre las 13:00 y 14:30 horas. Debe retirar el certificado en el módulo de Entrega de Documentos.
| Servicio | Precio |
|---|---|
| Carillas | $3.900 |
| Vigencias | $12.000 |
| Anotaciones Marginales | $13.000 |
| Desarchivos | $6.000 |
| Certificado de Testamento | $5.000 |
| Certificaciones de Desarchivos | $6.000 |
| Consulta de Expedientes | $6.000 |
| Firma de Escrituras Públicas | $2.000 |
Nota: La primera carilla incluye el costo de la firma, por lo que su valor total es de $5.900. Desde la segunda carilla en adelante, cada una tiene un valor de $3.900.
Ejemplos de costos:
1. OBJETIVOS
2. TIPO DE DOCUMENTACIÓN A RECIBIR
La documentación a ser recibida incluye:
3. NORMAS DE ALMACENAJE PARA ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN Y CUSTODIAS AL ARCHIVO JUDICIAL DE SANTIAGO
Legajos:
Cajas y Custodias:
4. COORDINACIÓN PARA RECEPCIÓN
5. TRASLADO AL ARCHIVO JUDICIAL DE SANTIAGO
La vigencia, a menudo referida como la actualización de una escritura, es una certificación que realiza el archivero judicial. Esta certificación se aplica sobre una escritura pública para confirmar que no existen anotaciones marginales que hayan modificado, rescindido o revocado el contenido del documento. En otras palabras, la vigencia asegura que el acto jurídico reflejado en la escritura pública sigue siendo válido y que no ha sufrido cambios.
La certificación de vigencia se emite en la fecha en que se realiza la solicitud. No establecemos un plazo de duración fijo para esta certificación, ya que depende del criterio de la institución o entidad ante la cual presentes el documento. Sin embargo, podemos ofrecerte algunas pautas generales que suelen seguir distintas instituciones, aunque estas no constituyen una regla oficial:
• Instituciones Bancarias: La mayoría de los bancos suelen aceptar certificaciones de vigencia cuya fecha no sea superior a un año. Una excepción notable es el Banco Estado, que generalmente acepta certificaciones con una antigüedad máxima de seis meses.
• Policía Internacional - Autorizaciones de Viaje: Es recomendable solicitar una nueva certificación de vigencia cada vez que se vaya a viajar y se necesite utilizar la autorización o permiso.
• Notarías o Instituciones Públicas: El criterio varía según el notario. Usualmente, se exige que la certificación de vigencia tenga como máximo un mes de antigüedad desde su emisión.
• AFP o IPS (ex INP): Para mandatos o poderes conferidos para el cobro de pensiones, estas instituciones suelen exigir la renovación de la certificación de vigencia una vez al año.
El trámite de Certificación de Vigencia tiene un costo de $12.000, el cual debe pagarse al momento de ingresar el documento a nuestras oficinas. El plazo de entrega comenzará a correr solo una vez que se efectúe el pago. En el caso de necesitar una Copia con Vigencia, el costo dependerá de la extensión del documento, es decir, de la cantidad de carillas. El costo de cada carilla asciende a $3.900 y el de la Certificación de Vigencia a $12.000, al cual se le debe sumar la Firma que tiene un costo de $2.000. Por ejemplo, una copia con vigencia de una escritura de 5 carillas tendrá un costo de $33.500.
Los documentos custodiados por el archivo judicial son de acceso público. Por esta razón, cualquier persona puede solicitar el trámite para obtener una copia con vigencia o la certificación de vigencia. No es necesario contar con autorización o mandato especial; basta con que usted realice la solicitud en nuestras oficinas o a través de nuestra página web en el siguiente enlace: [Solicitud de Copia con Vigencia].
Para certificar un instrumento público de manera presencial en nuestras oficinas, es imprescindible presentar el documento original impreso. Las fotocopias, copias escaneadas impresas a color o copias legalizadas no son válidas para este trámite. Usualmente, las copias legalizadas tienen un timbre o certificación que indica: "La presente copia legalizada consta de [*] hojas que he tenido a la vista y he devuelto a su interesado". Este tipo de documento no es aceptable para el proceso. En cambio, para que el documento sea apto para el trámite, debe estar claramente estampado con la leyenda: "La presente copia es testimonio fiel de su original".
Generalmente, el proceso completo en nuestras oficinas —desde su entrada hasta el pago en caja— toma aproximadamente cinco minutos. Una vez realizado el pago, podrá retirar su documento al día hábil siguiente.
Además, ofrecemos un beneficio para quienes llegan temprano: si realiza el ingreso antes de las 11:00 horas, podrá retirar su documento al día hábil siguiente a partir de las 11:00 horas. En cambio, si el ingreso se hace después de las 11:00 horas, el retiro será posible al día hábil siguiente a partir de las 13:00 horas.
Lamentablemente, no es posible enviar por correo electrónico la certificación de vigencia ingresada en nuestras oficinas. Este trámite requiere un soporte físico para prevenir fraudes. El documento que usted presente será empadronado y se le añadirá un sello holográfico seriado único, firmado por el archivero, que permite trazar diversos datos de la vigencia.
Sin embargo, si usted no puede acudir a nuestras oficinas y necesita realizar el trámite desde su casa u oficina, esto es posible a través de nuestra página web. Puede solicitar una copia de la escritura pública con vigencia utilizando el siguiente enlace: [Link a la página web para de solicitud de copia de escritura pública con vigencia].
Puede certificar la misma copia tantas veces como lo permitan los espacios en blanco disponibles en el documento. Es necesario que haya suficiente espacio libre para insertar el sello holográfico, el timbre de certificación y el timbre con la firma del archivero. Algunos de nuestros usuarios han certificado su escritura año tras año desde 1980, logrando más de 43 vigencias en el mismo documento y aún tienen espacio para más certificaciones.
Actualmente, no es posible certificar la vigencia de un documento solo con firma electrónica avanzada y código QR. Si necesitas un certificado de vigencia con código QR para validar a través de nuestro sitio web, debes solicitar una copia autorizada con vigencia. Para obtener la copia con vigencia, puedes dirigirte a nuestras oficinas o acceder al trámite a través del siguiente enlace: [Solicitar Copia con Vigencia].
Para que el trámite de nota al margen sea exitoso, la escritura pública, protocolización o resolución judicial que se pretende anotar debe individualizar completamente la matriz de la escritura pública o protocolización sobre la cual se debe hacer la nota. Esto significa que debe mencionar:
Sin estos antecedentes esenciales, no se procederá a tomar nota al margen. El principio jurídico establece que la escritura que se pretende anotar al margen debe ser autosuficiente en cuanto a proporcionar los datos necesarios para identificar claramente la escritura sobre la cual procede la nota. La fe pública no asume información, sino que se basa en datos verificables, siendo esta la única manera de garantizar la certeza jurídica.
Una anotación marginal, o nota al margen, es una certificación realizada por el archivero judicial en la matriz original de un repertorio público que custodia. Esta anotación refleja que otro instrumento público o resolución judicial ha modificado, complementado, rectificado, revocado, rescindido o resciliado un acto jurídico registrado en dicho repertorio. Su propósito es dar publicidad a estas modificaciones y mantener la historia precisa del acto.
Este proceso se fundamenta en el Principio Jurídico de Simetría, que establece que “las cosas en derecho se deshacen del mismo modo en que se hacen”. En el contexto de instrumentos públicos, este principio está recogido en el artículo 1707 inciso segundo del Código Civil:
“Las escrituras privadas hechas por los contratantes para alterar lo pactado en escritura pública, no producirán efecto contra terceros. Tampoco lo producirán las contraescrituras públicas, cuando no se ha tomado razón de su contenido al margen de la escritura matriz cuyas disposiciones se alteran en la contraescritura, y del traslado en cuya virtud ha obrado el tercero.”
Para realizar este trámite, debe acudir presencialmente a nuestras oficinas en Almirante Latorre 380, comuna de Santiago, en horario de 08:30 a 14:30 horas. Deberá traer en formato impreso u original la Escritura Pública, Protocolización o Sentencia (con su respectivo certificado de ejecutoria). En el Módulo de Vigencias y Notas, ingrese sus datos para la emisión de boleta. Nuestro anfitrión le asistirá durante todo el proceso. El costo es de $13.000 por cada nota realizada. Podrá retirar su documento en un plazo de tres días hábiles después del pago, en el módulo de entrega de documentos, de 13:00 a 14:30 horas. Si no puede recogerlo en el tercer día hábil, mantendremos el documento por 60 días.
El trámite tiene un costo de $13.000 por cada nota realizada. Si su escritura o sentencia debe ser anotada en más de una escritura, el cobro se realizará por cada una de ellas.
El trámite es completamente presencial, tanto en su ingreso como en su retiro. La medida de publicidad y la verificación se realizan en la escritura pública, protocolización o sentencia ingresada.
Cualquier persona puede realizar el trámite, ya que las escrituras públicas, protocolizaciones y sentencias tienen carácter público. No se requiere mandato o poder, solo debe traer los documentos en formato físico al Archivo Judicial.
Una vez ingresado su documento, tardaremos tres días hábiles en procesar la anotación. Podrá retirar el documento en el Módulo de Entrega de Documentos, de 13:00 a 14:30 horas, en un plazo máximo de 60 días.
Para anotar una sentencia, debe traer la copia original o autorizada de la sentencia, junto con el certificado de ejecutoria. La sentencia debe especificar la necesidad de anotar sobre una escritura particular. Si la sentencia no lo hace, puede presentar un recurso de rectificación o solicitar que el tribunal oficie al Archivo Judicial para la anotación.
La revocación de mandato o poder se realiza mediante escritura pública en una notaría. Luego, debe traer la escritura de revocación a nuestras oficinas para proceder con la anotación. La revocación es efectiva desde el momento en que ingresa el trámite.
La rectificación o complementación de una escritura pública se efectúa mediante otra escritura pública o protocolización que individualice correctamente la matriz que se pretende rectificar o complementar. Solo podemos anotar al margen escrituras públicas, protocolizaciones o resoluciones judiciales.
Los Mutuos Hipotecarios Endosables son contratos de préstamo garantizados por una hipoteca, que además son transmisibles mediante endoso. Son instrumentos financieros utilizados frecuentemente en el mercado inmobiliario. El párrafo 9º del Título I de la Ley N° 18.092 establece las normas aplicables en caso de extravío, sustracción o deterioro de las letras de cambio y pagarés. Estas normas incluyen procedimientos específicos para la reposición del documento y la protección de los derechos de los tenedores legítimos. En caso de pérdida o deterioro, el portador debe seguir un proceso judicial para declarar la nulidad del documento original y emitir un nuevo instrumento, garantizando así la continuidad de los derechos y obligaciones derivadas del mismo.
Este procedimiento judicial es de naturaleza voluntaria y debe ser tramitado por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. El procedimiento culmina con una sentencia que ordena la restitución del mutuo hipotecario endosable, dictaminando que se oficie al Archivo Judicial para que proceda a la anotación al margen de la sentencia de restitución, facultando al interesado a realizar la solicitud de copia única endosable luego de esa anotación marginal.
El interesado debe realizar el trámite de la nota al margen de la sentencia para solicitar que, conjuntamente, se le otorgue la Copia Única de Mutuo Hipotecario Endosable restituida. Para proceder al retiro de una escritura endosable, debe ser a través del representante legal de la empresa que aparece en la causa. No basta con ser el abogado que tramitó el procedimiento, porque al tratarse de un documento de carácter mercantil, la restitución va asociada a la sociedad que emitió el documento, no al abogado. Sin perjuicio de lo anterior, el representante legal de la sociedad puede otorgar un mandato para efectos de facultar a alguien para el retiro del mutuo.
Para realizar una nota al margen de complementación o rectificación de un mutuo hipotecario endosable, es preciso traer presencialmente a nuestras oficinas la Copia Única Autorizada Endosable Original, además de la Escritura de Modificación o Rectificación que se pretende anotar al margen de la matriz.
Los siguientes son los tribunales que pertenecen a nuestra jurisdicción y cuyos expedientes se custodian en nuestro archivo:
Para consultar una causa o expediente, necesita proporcionar los siguientes datos:
Información adicional que puede facilitar la consulta:
Procedimiento:
Plazo de entrega:
Observación:
Para causas anteriores a 1985, el plazo puede extenderse más allá de los 15 días hábiles debido a su antigüedad. Una vez que el expediente esté disponible, podrá consultarlo durante 15 días.
Para ver o desarchivar un expediente, necesita los siguientes datos:
Procedimiento para ver un expediente:
Procedimiento para desarchivar un expediente:
Plazo de desarchivo:
15 días hábiles (puede extenderse según la complejidad del expediente).
Costo de copia:
$3.900 por cada foja más $2.000 por la firma del archivero al final del documento.
Nota: La exactitud de los datos es responsabilidad exclusiva del solicitante.
El legajo es un número y año asignado por el tribunal a un expediente cuando se envía a custodia del Archivo Judicial. Este número funciona como una coordenada para localizar el expediente en nuestras instalaciones.
Para obtener el número de legajo, debe acudir directamente al tribunal de origen de su causa o expediente. Este dato es asignado por el propio tribunal y no puede ser proporcionado por el Archivo Judicial de Santiago. Para los números de legajo de causas civiles anteriores al año 1985, puede solicitar dicho antecedente en el Archivo Judicial de Santiago. Para causas posteriores al año 1986, deberá acudir directamente al tribunal correspondiente para solicitarlo.
Requisitos:
Procedimiento:
Costo de la copia:
$3.900 por cada foja.
$2.000 por la firma final del Archivero Judicial.
Requisitos:
Procedimiento:
Observación:
El trámite de consulta y desarchivo de custodia tiene un plazo de 7 a 15 días hábiles.
El Certificado de Término de Causa detalla todas las sentencias en todas las instancias de un proceso y verifica el cumplimiento de las condiciones impuestas en la condena. Este certificado es requerido por el Servicio de Registro Civil e Identificación para la eliminación de antecedentes.
Requisitos:
Procedimiento:
Plazo de entrega:
7 a 15 días hábiles.
Procedimiento:
Observación:
Para expedientes completos con más de 80 fojas, el plazo puede variar entre 2 y 15 días hábiles.
Costo:
$3.900 por cada foja más $2.000 por la firma del archivero.
Procedimiento:
Costo:
$6.000 por la consulta.
$3.900 por cada foja adicional para copias más $2.000 de la firma del archivero.
Requisitos:
Procedimiento en ausencia del oficio:
Costo:
$6.000 por la consulta.
$3.900 por cada foja adicional para copias.
El Archivo Judicial de Santiago dispone parcialmente de libros de índice desde 1901 hasta 1985 de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago y de los Tribunales Civiles. Para otros años y tribunales, acuda al tribunal correspondiente.
Procedimiento:
Los Libros Copiadores de Sentencia, son aquellos registros que contienen el resumen de una sentencia.
Requisitos:
Procedimiento:
Plazo de entrega:
7 a 15 días hábiles (puede extenderse según la antigüedad de la sentencia).
Costo:
$3.900 por cada foja adicional para copias más $2.000 pesos por la firma del archivero al final del documento.
Procedimiento para la Recepción de Juicios Arbitrales:
Este trámite no tiene costo. Debe agendar un día y hora para poder hacer la remisión.
Requisitos:
Si los documentos vienen en caja:
Las siguientes son las direcciones de los tribunales que pertenecen a la jurisdicción del Archivo Judicial de Santiago:
1. OBJETIVOS
2. TIPO DE DOCUMENTACIÓN A RECIBIR
La documentación a ser recibida incluye:
3. NORMAS DE ALMACENAJE PARA ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN Y CUSTODIAS AL ARCHIVO JUDICIAL DE SANTIAGO
Legajos:
Cajas y Custodias:
4. COORDINACIÓN PARA RECEPCIÓN
5. TRASLADO AL ARCHIVO JUDICIAL DE SANTIAGO
AI Website Builder